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MEMBRESÍA
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REQUISITOS DE ADMISIÓN PARA SER MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN DE CIENCIAS PENALES Según el artículo sétimo de los Estatutos de la Asociación de Ciencias Penales de Costa Rica señala como requisitos para obtener la membresía los siguientes: a) Solicitud por escrito dirigida a la junta Directiva, la cual se acompañara de las recomendaciones, por escrito, de dos asociados b) Cumplir con uno de los siguientes requisitos: 1- Haber presentado, para su publicación, al menos un artículo al Consejo Editorial de la Revista de la asociación, independientemente que este apruebe su publicación o en otra Revista. c) Tener el voto afirmativo del número de los miembros presentes en la reunión de la Junta Directiva respectiva. La Junta Directiva votará en secreto y su resolución deberá ser fundamentada y comunicada al interesado por escrito dentro de los tres días siguientes de la votación. Contra lo resuelto por la Junta Directiva cabrá únicamente recurso de apelación ante la Asamblea General Ordinaria próxima inmediata a celebrarse, el cual se presentará ante la propia Junta Directiva, de considerarlo admisible, emplazará ante la Asamblea General.
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