EDITORIAL
EL RECIENTE AUMENTO DE PENAS EN COSTA RICA

Pese a la reiterada tradición civilista de la cual nos enorgullecemos los costarricenses, debemos reconocer que en lo que a política criminal se refiere caminamos de manera pendular, acogiendo sugerencias contradictorias y muchas veces injustificadas. Por un lado, aprobamos el año pasado una reforma al proceso penal para restringir el uso de la prisión preventiva, según las recomendaciones del Código Procesal Penal Tipo para América Latina, gracias a la cual hemos reducido los presos sin condena a una cifra bastante aceptable en la región (representan aproximadamente el 20% de la población penitenciaria). Pero en contraste, hace pocos meses, sin mucha discusión y a toda prisa, aprobamos una reforma al Código Penal que aumentó el límite máximo de la pena de prisión de 25 a 50 años. La seguridad ciudadana y la creciente criminalidad aparecen como justificantes de esa medida, y de inmediato se aprobaron también aumentos de penas para los homicidios dolosos y para los delitos sexuales convencionales. Lo paradógico de esa medida es que esos delitos no han aumentado según lo comprueba científicamente una reciente publicación del criminólogo Elías Carranza ("Criminalidad ¿Prevención o Promoción?", EUNED, San José, 1994, pp. 35 ss. y 41 ss.). En otros términos, uno de los mejores ejemplos que podrán mostrarse a los estudiosos del derecho penal sobre la desorientación de la política criminal lo constituye, sin lugar a dudas, el aumento de las penas para esos delitos en la medida en que dicha reforma se sustentó en el supuesto incremento de esos ilícitos.

Al respecto conviene precisar que tampoco el aumento general de las penas constituye una eficiente reforma para disminuir los delitos. La criminalidad no es una categoría uniforme de conductas, sino que está conformada de variadísimas categorías, algunas de las cuales es cierto que han aumentado, otras se mantienen y todavía, otras han disminuido. Las respuestas frente a esas distintas categorías tampoco pueden ser uniformes, como lo pretende la reforma con una sola medida.

Paralelamente debemos observar que la percepción de los ciudadanos sobre el problema de la criminalidad, la alarma que esos hechos provocan, la frecuencia con la cual ocurren y los daños que efectivamente producen esos hechos no guardan ninguna relación. Orientados por los medios de comunicación colectiva, los ciudadanos perciben que toda la criminalidad ha aumentado, pero eso sólo es cierto para algunos delitos, pues otros se mantienen y otros han disminuido. Tampoco guarda proporción la alarma que esos hechos provocan, con los daños que efectivamente producen. Los ciudadanos estiman que ciertos hechos provocan muchos daños, como los asaltos, pero no se preocupan de otras categorías de delitos que son bastante más lesivas, como los homicidios culposos que duplican los dolosos, las agresiones con armas, que aumentaron exageradamente en los últimos años, y los delitos no convencionales (abuso de poder público, abuso de poder económico).

La criminología distingue entre la realidad sobre el delito (volumen real de la criminalidad) y el temor al delito (percepción de la criminalidad y del riesgo de ser victimizado). Delito y temor al delito se alimentan con efecto multiplicador, el segundo agiganta una percepción distorsionada del primero, lo cual aumenta el riesgo de adoptar medidas equivocadas, ante el pánico social, como resultaron esas reformas al Código Penal. Como afirma Carranza, hay que desdramatizar el tema, pues "...no es cierto que estemos ante una situación de extrema gravedad en materia de criminalidad y seguridad ciudadana. Costa Rica, no obstante su incremento en determinados delitos, en un análisis comparativo sigue siendo un país de bajo nivel de violencia social y de bajo nivel de violencia delictiva; pero podría dejar de serlo en la medida en que las acciones que se tomen no sean las apropiadas..." (Op. cit. p.69).

Pero lo más grave de todo esto es la efectiva incidencia que esos aumentos en las penas puedan tener en la solución del problema de la criminalidad. Para tales efectos, debemos recurrir a la historia. Ningún aumento de penas realizado hasta ahora ha tenido alguna incidencia en la disminución de los hechos delictivos. Baste como ejemplo la ley de drogas y la ley de tránsito, que aumentaron y endurecieron las sanciones, pero los delitos también aumentaron desproporcionadamente. La historia nos demuestra que ningún sistema penal "duro" ha sido eficiente para reprimir la criminalidad. Por el contrario, en épocas de dictadura, acompañadas en América Latina con sistemas penales duros y represivos, no se tutelaron los derechos fundamentales de los ciudadanos, sino que el sistema penal amplió la impunidad sobre todo la de los funcionarios del Estado, gracias a la política de la "seguridad nacional" hoy transformada en "seguridad ciudadana".

Esperamos que ese camino del endurecimiento del sistema penal sea evaluado técnicamente por grupos multidisciplinarios, y por todos los sectores de nuestra comunidad, porque al final seremos todos los que tendremos que pagar, y muy caro, los errores en esta materia.