EDITORIAL
En Centroamérica corren vientos de reforma para el proceso penal. Recientemente Guatemala aprueba un nuevo Código Procesal Penal que pronto entrará en vigencia, el que sin lugar a dudas pone a este hermano país a la vanguardia en la región, pues el texto recoge los aspectos más novedosos sobre la materia, incorpora el juicio oral (y consecuentemente los principios de inmediación, publicidad, y el contradictorio), y contiene importantes novedades en la fase preparatoria, al confiar la investigación preliminar al Ministerio Público, y exigir un procedimiento intermedio para controlar la actividad requirente, como paso previo al juicio. Se adoptan los principios de libertad de la prueba, el de la libre valoración de la prueba (sana crítica) y el de comunidad de la prueba, entre otros. Paralelamente se exige orden del juez para adoptar alguna medida que afecte derechos fundamentales (libertad, privacidad, etc). Al mismo tiempo se fortalecen los derechos del imputado, su posición de inocencia y el derecho de defensa. La Universidad de San Carlos ha asumido con entusiasmo la transformación, sus profesores han fortalecido y ampliado sus estudios sobre las nuevas instituciones procesales, en la Facultad de Derecho se construye una hermosa sala de juicio para la práctica de sus estudiantes, y en el Poder Judicial también se preparan para el nuevo reto.
El Salvador por su parte da pasos muy significativos hacia la reforma del proceso, cuenta ya con un proyecto que ha sido estudiado por un valioso grupo de juristas, con la asistencia de destacados profesores extranjeros. El proyecto salvadoreño también recepta los aspectos más novedosos recomendados por el derecho comparado y en especial los principios del Código Procesal Penal Tipo para América Latina.
En Costa Rica algunos entienden que no es necesaria la reforma porque en 1975 pusimos en vigencia el Código Procesal Penal elaborado por Vélez Mariconde para la Provincia de Córdoba, Argentina. Desde luego que este fue un texto muy evolucionado para la época, recoge los principios básicos del sistema procesal mixto moderno, y el juicio oral con todas sus implicaciones. Hasta aquí pareciera innecesaria una modificación del sistema penal en Costa Rica. Sin embargo debemos reconocer que a estas alturas resulta absolutamente indispensable una transformación del sistema penal. Sobre todo creemos que las reformas en Costa Rica deben dirigirse hacia aquella fase inquisitiva todavía existente en nuestro proceso: la instrucción.
La verdad es que la fase instructiva del procedimiento se ha venido caracterizando por ser una etapa del proceso que se ventila en privado, poco transparente, escrita, lenta, formalista, e indiscutiblemente inadecuada para solucionar los principales problemas a los que debe hacerle frente una correcta administración de justicia penal. Podríamos afirmar que ya no representa ninguna solución al conflicto penal. Por el contrario, en muchas ocasiones es la fase de instrucción el verdadero obstáculo para una solución justa de muchos conflictos generados con ocasión de hechos delictivos.
La respuesta que como sistema penal damos al problema de la criminalidad no es conveniente ni adecuada. Hablamos de un proceso penal oral, que dura casi dos años como media, pero en el que la oralidad representó apenas dos o tres horas de esos dos años.
Muchos son los mitos que deben desterrarse de nuestro sistema penal. Por esas razones también estamos trabajando en favor de la transformación del sistema penal, aunque un poco más atrás que los países vecinos citados, pues aún está en proceso de elaboración un proyecto para someterlo a discusión general por parte del foro nacional y todos los demás sectores involucrados en el funcionamiento del sistema penal.
En efecto, un grupo de abogados del Poder Judicial, del Ministerio de Justicia y de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, todos miembros de la Asociación, laboran en la confección de un texto, siguiendo también las líneas del Código Tipo y múltiples recomendaciones de eminentes procesalistas, como las de los profesores Julio Maier y Alberto Binder, y últimamente las denominadas "Reglas de Mayorca" o "Reglas Mínimas para el Proceso Penal". Esperamos se habran foros de discusión general cuando ya esté redactado el proyecto.
Por ahora, como parte de ese proceso necesario para alimentar la reforma penal, la Asociación de Ciencias Penales ha copatrocinado, junto con la Corte Suprema de Justicia y la Escuela Judicial, unas jornadas académicas de Derecho Penal y Procesal Penal con los distinguidos profesores alemanes Winfried Hassemer, Wolfang Schöne, Burkhard Schade, Eberhard Struensee y Wolf Paul, del que esperamos muchos frutos. En la medida de nuestras posibilidades esperamos seguir impulzando actividades académicas dirigidas a examinar nuestro sistema penal en todas sus fases.